Cerramiento de parcela
Plantilla:Localismo Cerca construida dentro de la parcela, cuya cara exterior se sitúa sobre los linderos; se puede distinguir entre cerramiento exterior, el situado sobre las alineaciones, y cerramientos interiores, los restantes.[1]
Cerramiento exterior
Cerramientos interiores
Protección mínima de vías públicas
En Castilla y León[2] está regulada la distancia entre los cierres y vallados construidos con materiales opacos de altura superior a un metro y medio, de fincas situadas en suelo rural. La distancia no debe ser inferior a tres metros desde el límite exterior de las carreteras, caminos, cañadas y demás vías públicas; cuando dicho límite no esté definido, deben situarse a una distancia mínima de cuatro metros desde el eje de las citadas vías, de este modo se garantiza un ancho de vía pública mínimo de ocho metros.
- Véase también:Urbanismo
Bibliografía
- AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, Junta de Castilla y León, Valladolid 2.000. ISBN 84-7846-950-8.
- AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, El Consultor de los Ayuntamientos y de los Juzgados, Madrid, 2.000. ISBN 84-7052-249-9.