Salida de edificio

Se denomina Salida de edificio a la puerta o hueco de salida a un espacio exterior seguro. En el caso de establecimientos situados en áreas consolidadas y cuya ocupación no exceda de 500 personas puede admitirse como salida de edificio aquella que comunique con un espacio exterior que disponga de dos recorridos alternativos que no excedan de 50 m hasta dos espacios exteriores seguros.

Referencias

Referencias e información de imágenes pulsando en ellas.

Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006 (España)

Editores y colaboradores de este artículo ¿?
Alberto Mengual

Artículo procedente de Urbipedia.org. Con licencia Creative Commons CC-BY-NC-SA excepto donde se indica otro tipo de licencia.
Origen o autoría y licencia de imágenes accesible desde PDF, pulsando sobre cada imagen.
https://www.urbipedia.org/w/index.php?title=Salida_de_edificio&oldid=650055