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Diferencia entre revisiones de «Convento»
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Revisión del 19:38 25 oct 2016
El término convento, del latín conventus que significa "asamblea" o "congregación", procede originalmente de la asamblea romana, donde los ciudadanos se reunían para fines administrativos o de justicia.
Posteriormente, pasó a utilizarse, fundamentalmente, en un sentido religioso relativo al monasticismo.
Como primera acepción, un convento es un establecimiento religioso, generalmente Cristiano, donde los clérigos llevan una vida religiosa en comunidad. Se habla más propiamente de convento en lugar de monasterio:
- para el conjunto de los lugares de vida de una comunidad religiosa no monástica, compuesta por Clérigos regulares (hombres y mujeres);
- para el establecimiento donde viven los religiosos (Frailes o monjas) que pertenecen a las órdenes mendicantes (franciscanos, dominicos, carmelitas...), aunque también se llama así a la propia congregación.
Lo mismo que en una abadía, el convento presenta una organización arquitectónica y social específica, que depende de la orden monástica que la fundó.
Casi de modo tradicional, el edificio de un convento consta de una capilla o iglesia, las celdas de los religiosos, un comedor o refectorio, y una sala de reuniones o sala capitular, todo ello rodeando un patio cerrado, claustro. Además tiene los locales necesarios para los servicios, cocinas, almacenes, etc.
Otras acepciones
- Para los romanos era el tribunal territorial: (conventum juridicum), o sea, una división administrativa de su territorio.
- Conventillo quiere decir casa de vecindad, entendida como casa con viviendas pequeñas, y antiguamente casa de prostitución.
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