Diferencia entre revisiones de «Proyectista»

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En la [[Ley de Ordenación de la Edificación]] {{España}}, el '''Proyectista''' es uno de los Agentes de la edificación contemplados. Es el agente que por encargo del [[promotor]] y con sujeción a la normativia técnica y urbanística correspondiente, redacta el [[proyecto]].
En la Ley de Ordenación de la Edificación de España, el '''Proyectista''' es uno de los Agentes de la edificación contemplados. Es el agente que por encargo del [[promotor]] y con sujeción a la normativia técnica y urbanística correspondiente, redacta el [[proyecto]].


Podrán redactar Proyectos parciales del proyecto, o partes que lo complementen, otros técnicos de forma coordinada con el autor de este. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediantes proyectos parciales u otros documentos técnicos, cada proyectista asumirá la titularidad de su proyecto.
Podrán redactar Proyectos parciales del proyecto, o partes que lo complementen, otros técnicos de forma coordinada con el autor de este. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediantes proyectos parciales u otros documentos técnicos, cada proyectista asumirá la titularidad de su proyecto.
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