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Diferencia entre revisiones de «Convención de Granada de 1985 sobre salvaguarda del patrimonio»

sin resumen de edición
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Línea 57: Línea 57:
Art. 9.- Cada parte se compromete, en el marco de los poderes que les son propios, a actuar de forma que las infracciones de la legislación de protección del patrimonio arquitectónico sean objeto de medidas apropiadas y suficientes por parte de la autoridad competente. Estas medidas, si el caso lo requiere, pueden comportar para los autores la obligación de demoler un edificio nuevo construido irregularmente o de restituir el estado anterior del bien protegido.
Art. 9.- Cada parte se compromete, en el marco de los poderes que les son propios, a actuar de forma que las infracciones de la legislación de protección del patrimonio arquitectónico sean objeto de medidas apropiadas y suficientes por parte de la autoridad competente. Estas medidas, si el caso lo requiere, pueden comportar para los autores la obligación de demoler un edificio nuevo construido irregularmente o de restituir el estado anterior del bien protegido.


===Politicas De Conservacion ===
===Politicas de conservación ===
Art. 10.- Cada parte se compromete a adoptar políticas de conservación integrada que:  
Art. 10.- Cada parte se compromete a adoptar políticas de conservación integrada que:  
:1) sitúen la protección del patrimonio arquitectónico entre los objetivos esenciales de la ordenación del territorio y del urbanismo y que aseguren la toma en consideración de este imperativo en las diferentes fases de elaboración de los planes de ordenación del territorio y de los procedimientos de autorización de las obras;  
:1) sitúen la protección del patrimonio arquitectónico entre los objetivos esenciales de la ordenación del territorio y del urbanismo y que aseguren la toma en consideración de este imperativo en las diferentes fases de elaboración de los planes de ordenación del territorio y de los procedimientos de autorización de las obras;  
Línea 73: Línea 73:
Art. 13.- Con el fin de facilitar la aplicación de estas políticas, cada parte se compromete a desarrollar en el propio contexto de su organización política y administrativa la colaboración eficaz con los diferentes niveles de los servicios responsables de la conservación, actuación cultural, medio ambiente y ordenación del territorio.
Art. 13.- Con el fin de facilitar la aplicación de estas políticas, cada parte se compromete a desarrollar en el propio contexto de su organización política y administrativa la colaboración eficaz con los diferentes niveles de los servicios responsables de la conservación, actuación cultural, medio ambiente y ordenación del territorio.


===Participacion Y Asociaciones ===
===Participación y Asociaciones ===
Art. 14.- Con la intención de secundar la actuación de los poderes públicos para favorecer el conocimiento, protección, restauración y animación del patrimonio arquitectónico, cada parte se compromete:  
Art. 14.- Con la intención de secundar la actuación de los poderes públicos para favorecer el conocimiento, protección, restauración y animación del patrimonio arquitectónico, cada parte se compromete:  
:1) a establecer, en las diferentes fases de los procesos de decisión, las estructuras de información, consulta y colaboración entre el Estado, las colectividades locales, las instituciones y asociaciones culturales y el público;  
:1) a establecer, en las diferentes fases de los procesos de decisión, las estructuras de información, consulta y colaboración entre el Estado, las colectividades locales, las instituciones y asociaciones culturales y el público;  
:2) a favorecer el desarrollo del mecenazgo y de las asociaciones sin fines de lucro, que actúan en este sector.
:2) a favorecer el desarrollo del mecenazgo y de las asociaciones sin fines de lucro, que actúan en este sector.


===Informacion Y F0rmacion ===
===Información y formación ===
Art. 15.- Cada parte se compromete : 1) a sensibilizar a la opinión pública sobre el valor de la conservación del patrimonio arquitectónico, no sólo como elemento de identidad cultural, sino también como fuente de inspiración y de creatividad para las generaciones presentes y futuras;  
Art. 15.- Cada parte se compromete : 1) a sensibilizar a la opinión pública sobre el valor de la conservación del patrimonio arquitectónico, no sólo como elemento de identidad cultural, sino también como fuente de inspiración y de creatividad para las generaciones presentes y futuras;  
:2) a promover para este fin políticas de información y de sensibilización, especialmente con la ayuda de las técnicas modernas de difusión y de animación, teniendo como objetivo especial:  
:2) a promover para este fin políticas de información y de sensibilización, especialmente con la ayuda de las técnicas modernas de difusión y de animación, teniendo como objetivo especial:  
Línea 106: Línea 106:
:-la Convención europea para la protección del patrimonio arqueológico del 6 de mayo de 1969.
:-la Convención europea para la protección del patrimonio arqueológico del 6 de mayo de 1969.


===Clausulas Finales ===
===Cláusulas Finales ===
Art. 22.- 1. El presente Convenio está abierto a la firma de los Estados miembros del Consejo de Europa.
Art. 22.- 1. El presente Convenio está abierto a la firma de los Estados miembros del Consejo de Europa.


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