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Art. 9.- Cada parte se compromete, en el marco de los poderes que les son propios, a actuar de forma que las infracciones de la legislación de protección del patrimonio arquitectónico sean objeto de medidas apropiadas y suficientes por parte de la autoridad competente. Estas medidas, si el caso lo requiere, pueden comportar para los autores la obligación de demoler un edificio nuevo construido irregularmente o de restituir el estado anterior del bien protegido. | Art. 9.- Cada parte se compromete, en el marco de los poderes que les son propios, a actuar de forma que las infracciones de la legislación de protección del patrimonio arquitectónico sean objeto de medidas apropiadas y suficientes por parte de la autoridad competente. Estas medidas, si el caso lo requiere, pueden comportar para los autores la obligación de demoler un edificio nuevo construido irregularmente o de restituir el estado anterior del bien protegido. | ||
===Politicas | ===Politicas de conservación === | ||
Art. 10.- Cada parte se compromete a adoptar políticas de conservación integrada que: | Art. 10.- Cada parte se compromete a adoptar políticas de conservación integrada que: | ||
:1) sitúen la protección del patrimonio arquitectónico entre los objetivos esenciales de la ordenación del territorio y del urbanismo y que aseguren la toma en consideración de este imperativo en las diferentes fases de elaboración de los planes de ordenación del territorio y de los procedimientos de autorización de las obras; | :1) sitúen la protección del patrimonio arquitectónico entre los objetivos esenciales de la ordenación del territorio y del urbanismo y que aseguren la toma en consideración de este imperativo en las diferentes fases de elaboración de los planes de ordenación del territorio y de los procedimientos de autorización de las obras; | ||
Línea 73: | Línea 73: | ||
Art. 13.- Con el fin de facilitar la aplicación de estas políticas, cada parte se compromete a desarrollar en el propio contexto de su organización política y administrativa la colaboración eficaz con los diferentes niveles de los servicios responsables de la conservación, actuación cultural, medio ambiente y ordenación del territorio. | Art. 13.- Con el fin de facilitar la aplicación de estas políticas, cada parte se compromete a desarrollar en el propio contexto de su organización política y administrativa la colaboración eficaz con los diferentes niveles de los servicios responsables de la conservación, actuación cultural, medio ambiente y ordenación del territorio. | ||
=== | ===Participación y Asociaciones === | ||
Art. 14.- Con la intención de secundar la actuación de los poderes públicos para favorecer el conocimiento, protección, restauración y animación del patrimonio arquitectónico, cada parte se compromete: | Art. 14.- Con la intención de secundar la actuación de los poderes públicos para favorecer el conocimiento, protección, restauración y animación del patrimonio arquitectónico, cada parte se compromete: | ||
:1) a establecer, en las diferentes fases de los procesos de decisión, las estructuras de información, consulta y colaboración entre el Estado, las colectividades locales, las instituciones y asociaciones culturales y el público; | :1) a establecer, en las diferentes fases de los procesos de decisión, las estructuras de información, consulta y colaboración entre el Estado, las colectividades locales, las instituciones y asociaciones culturales y el público; | ||
:2) a favorecer el desarrollo del mecenazgo y de las asociaciones sin fines de lucro, que actúan en este sector. | :2) a favorecer el desarrollo del mecenazgo y de las asociaciones sin fines de lucro, que actúan en este sector. | ||
=== | ===Información y formación === | ||
Art. 15.- Cada parte se compromete : 1) a sensibilizar a la opinión pública sobre el valor de la conservación del patrimonio arquitectónico, no sólo como elemento de identidad cultural, sino también como fuente de inspiración y de creatividad para las generaciones presentes y futuras; | Art. 15.- Cada parte se compromete : 1) a sensibilizar a la opinión pública sobre el valor de la conservación del patrimonio arquitectónico, no sólo como elemento de identidad cultural, sino también como fuente de inspiración y de creatividad para las generaciones presentes y futuras; | ||
:2) a promover para este fin políticas de información y de sensibilización, especialmente con la ayuda de las técnicas modernas de difusión y de animación, teniendo como objetivo especial: | :2) a promover para este fin políticas de información y de sensibilización, especialmente con la ayuda de las técnicas modernas de difusión y de animación, teniendo como objetivo especial: | ||
Línea 106: | Línea 106: | ||
:-la Convención europea para la protección del patrimonio arqueológico del 6 de mayo de 1969. | :-la Convención europea para la protección del patrimonio arqueológico del 6 de mayo de 1969. | ||
=== | ===Cláusulas Finales === | ||
Art. 22.- 1. El presente Convenio está abierto a la firma de los Estados miembros del Consejo de Europa. | Art. 22.- 1. El presente Convenio está abierto a la firma de los Estados miembros del Consejo de Europa. | ||