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Condiciones medioambientales
Se entiende por condiciones medioambientales aquellas que se imponen a la edificación, a las actividades y a las instalaciones a fin de evitar que de su incorrecta utilización se deriven agresiones al medio natural.
Aplicación[editar]
A las obras de nueva edificación, acondicionamiento y reestructuración, así como a las destinadas a la implantación de nuevos usos.
Compatibilidad entre actividades[editar]
La normativa de Prevención Ambiental[1] establece un sistema de intervención administrativa respecto de las actividades e instalaciones susceptibles de afectar al medio ambiente, con una finalidad preventiva, bajo tres modaliadades: actividades sujetas a autorización ambiental, actividades sujetas a licencia ambiental y el régimen de comunicación ambiental. Para que una actividad pueda considerarse compatible con usos no industriales, deberá controlar: emanaciones de gases, elementos químicos, humos, transmisión de vibraciones, ruidos y seguridad contra el fuego.
Transmisión de ruidos[editar]
Vibraciones[editar]
Vertidos[editar]
Véase también[editar]
Notas[editar]
- ↑ >Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León
Bibliografía[editar]
- AA.VV., Guía de la Edificación Sostenible. Calidad Energética y Medioambiental en Edificación, Ministerio de Fomento, Institut Cerdá, IDAE, Madrid 1.999. ISBN 84-7498-0418-3.
- AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, Junta de Castilla y León, Valladolid 2.000. ISBN 84-7846-950-8.