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Cuerpo volado

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Para definir tanto el volumen como la forma de una edificación, hemos de tener en cuenta el concepto de cuerpo volado entendido como partes de la edificación que, en Plantas altas, sobresalen de los planos que delimitan un Volumen de edificación y son susceptibles de ser ocupadas o habitadas[1]

Cuerpos volados abiertos[editar]

puras mamadas dejenme decirles....

Cuerpos volados cerrados[editar]

Terrazas[editar]

Miradores[editar]

Galerías[editar]

Balcones[editar]

Balconadas[editar]

Bibliografía[editar]

  • AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, Junta de Castilla y León, Valladolid 2.000. ISBN 84-7846-950-8.
  • AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, El Consultor de los Ayuntamientos y de los Juzgados, Madrid, 2.000. ISBN 84-7052-249-9.

Notas[editar]

  1. DECRETO 22/2004, DE 29 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE URBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN

Enlaces externos[editar]

/ Página web de la Junta de Castilla y León

Editores y colaboradores de este artículo ¿?
Alberto Mengual

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